La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital Barros Luco por no disponer de un intérprete de lengua de señas para trasmitirle la información a una paciente con discapacidad auditiva.
La afectada expuso que, a pesar de ser sordomuda, el Hospital se ha negado permanentemente a proporcionarle un intérprete de lengua de señas, lo que le ha impedido saber acerca de su estado de salud actual y del tratamiento que se le está administrando.
En base a esas consideraciones, la Corte acogió el recurso de protección en contra del Hospital Barros Luco y le ordenó contar de manera permanente con un intérprete de lengua de señas calificado que permita facilitar la comunicación en todas las atenciones de salud que requiera la recurrente.